El Senado de la República recibió de la Cámara de Diputados la minuta para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión. Esta iniciativa busca coordinar esfuerzos entre autoridades para combatir el delito a nivel nacional. La propuesta establece penas de seis a 15 años de prisión y multas significativas, con agravantes según las circunstancias del caso.
El Senado de la República recibió la minuta enviada por la Cámara de Diputados para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, informó que el proyecto fue turnado a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos para su análisis.
La propuesta reforma y deroga disposiciones de leyes como el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Su objetivo principal es distribuir competencias y formas de coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales para la prevención, investigación, persecución y sanción del delito de extorsión y delitos vinculados.
El tipo penal básico se define como obligar a alguien, sin derecho, a dar, hacer o tolerar algo para obtener beneficio o causar daño patrimonial, moral, físico o psicológico. Las sanciones incluyen de seis a 15 años de prisión y multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Las penas se aumentan hasta en una tercera parte en casos como la pretensión de beneficios continuos, imposición de precios a víctimas, uso de cuentas financieras, coacción mediante entidades públicas o terceros sin conocimiento del delito, o cuando afecta a candidatos electorales. Aumentan de una tercera parte a una mitad contra migrantes, menores de 18 años, embarazadas, mayores de 60 años o en relaciones de confianza. Además, se agravan de la mitad a dos terceras partes con uso de información privada, violencia en hechos de tránsito intencionales, intervención armada o ostentación de pertenencia a grupos delictivos.
La ley también promueve acciones, programas y políticas transversales para la prevención efectiva del delito.