Rasha Abdel Aal, jefa de la Autoridad Fiscal Egipcia, anunció la publicación de una guía completa que detalla el tratamiento fiscal de los servicios exportados. El manual aclara la definición de estos servicios según la Ley del IVA y sus reglamentos, describe las reglas de localización de la tributación y especifica la documentación requerida. También incluye ejemplos prácticos para aplicaciones comunes del IVA.
La Autoridad Fiscal Egipcia (ETA) ha publicado una guía detallada para agilizar el tratamiento fiscal de los servicios exportados al extranjero, con el objetivo de apoyar la estabilidad de los negocios transfronterizos. Este manual acompaña la Instrucción Ejecutiva n.º 45 de 2025, que establece procedimientos para los contribuyentes que manejan servicios exportados, en línea con las directrices del ministro de Hacienda.
La guía establece un tipo de IVA del 0 % para servicios remotos prestados a clientes fuera de Egipto por proveedores nacionales. Existen excepciones para servicios relacionados con bienes inmuebles o aquellos que requieren la presencia física tanto del prestador como del destinatario en Egipto. Abdel Aal declaró que « el manual se basa en estándares internacionales y prácticas del IVA para garantizar la estabilidad y consistencia en las transacciones comerciales transfronterizas ».
Señaló que el país de residencia del cliente podría seguir aplicando IVA a dichos servicios remotos según su propia normativa. Estas medidas forman parte de iniciativas más amplias del Ministerio de Hacienda y la ETA para estandarizar la tributación de servicios exportados y evitar la doble imposición del IVA en una sola transacción, fomentando la confianza en el sistema fiscal egipcio.