El tribunal desestima la demanda de 100 mil millones de N de Dangote sobre licencias de importación de petróleo

Un Tribunal Federal Alto en Abuja ha desestimado una demanda de 100 mil millones de N presentada por Dangote Petroleum Refinery contra la Nigerian National Petroleum Company Limited y otros sobre licencias de importación de petróleo en disputa. La desestimación siguió al retiro de la demanda por parte de Dangote, aunque los demandados presionaron por una desestimación total. El juez Mohammed Umar falló a favor de la desestimación sin costos.

El miércoles, el juez Mohammed Umar del Tribunal Federal Alto en Abuja desestimó una demanda de 100 mil millones de N presentada por Dangote Petroleum Refinery and Petrochemicals FZE. El caso apuntaba a la Nigerian Midstream and Downstream Petroleum Regulatory Authority (NMDPRA) como primera demandada y a la Nigerian National Petroleum Company Limited (NNPCL) como segunda. Los demandados adicionales incluyeron AYM Shafa Limited, A.A. Rano Limited, T. Time Petroleum Limited, 2015 Petroleum Limited y Matrix Petroleum Services Limited, listados como terceros a séptimos demandados.

La refinería, representada por el abogado Ogwu Onoja, SAN, había buscado anular las licencias de importación emitidas por la NMDPRA a la NNPCL y a las cinco otras compañías para importar productos petroleros refinados. También exigió 100 mil millones de N en daños a la NMDPRA por supuestamente continuar emitiendo tales licencias.

Originalmente asignada al juez Inyang Ekwo, la demanda fue reasignada al juez Umar y comenzó de novo. Durante la audiencia reanudada, el abogado de Dangote, C.O. Adegbe, informó al tribunal de una notificación de desistimiento fechada el 28 de julio, instando a que el caso fuera tachado del rol tras la resolución con los demandados.

I.B. Ahmad, representando a la NMDPRA, no se opuso al retiro pero solicitó una desestimación completa. Chris Ekemezie, para los terceros, cuartos y séptimos demandados, apoyó la desestimación, citando precedentes de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones. Argumentó que, dado que la demanda se inició mediante citación originaria, se habían unido cuestiones y se habían intercambiado alegatos, la desestimación era apropiada para evitar que el demandante presentara nuevamente un caso revisado. Mofesomo Tayo-Oyetibo, SAN, para los quintos y sextos demandados, se alineó con esta posición.

Adegbe contestó la solicitud de desestimación, refiriéndose a discusiones previas para tachar del rol. El juez Umar dictaminó: «El caso en el registro es que las partes han unido cuestiones y lo que queda es que las partes adopten sus procesos. Es en esta etapa que el demandante solicitó el retiro. De hecho, el asunto se considera para desestimación y costos. Pero como no se ha pedido, el asunto se desestima sin costos.»

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