El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia expidió el decreto 0455 del 28 de abril de 2026, que impone aranceles diferenciales de hasta 75% a 191 productos importados de Ecuador. La medida busca proteger la industria nacional y el empleo, manteniendo arancel cero para insumos esenciales sin sustituto. Se espera su publicación en el Diario Oficial este 30 de abril para entrar en vigencia inmediata.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinComercio) emitió el decreto 0455 del 28 de abril de 2026, estableciendo aranceles de 35%, 50% y 75% a productos provenientes de Ecuador. Esta política afecta 191 subpartidas arancelarias de un total de 758 intercambiadas con ese país, según el documento aún pendiente de publicación en el Diario Oficial, lo que activaría su vigencia inmediata.
La ministra Diana Marcela Morales Rojas explicó que "con esta medida no solo protegemos la industria nacional, sino que garantizamos el abastecimiento interno". Agregó: "Esto implica mantener arancel cero para los bienes que son insumos productivos esenciales, que no tienen sustituto inmediato y que son necesarios para los procesos de transformación con valor agregado". Productos como fríjol, plátanos y medicamentos quedan exentos, mientras que arroz, aceite de palma y azúcar enfrentan la tasa máxima del 75%.
La medida es temporal y responde a la 'tasa de seguridad' del 100% que Ecuador aplica a productos colombianos. Su objetivo es salvaguardar la industria colombiana, el empleo, la población fronteriza y la estabilidad económica, aplicando protección solo donde hay capacidad productiva nacional suficiente.