La mayoría de la Junta Electoral Central decidió el pasado jueves que no puede pronunciarse sobre los procedimientos de nacionalidad derivados de la Ley de Memoria Democrática.
En su reunión a puerta cerrada del 16 de julio de 2026, nueve de los trece vocales de la Junta Electoral Central acordaron que el órgano carece de competencia para actuar sobre las circunstancias que permiten la concesión de la nacionalidad española.
Cuatro vocales emitieron un voto discrepante en el que afirmaron que la Instrucción de octubre de 2022 contiene disposiciones contrarias a la Ley de Memoria Democrática y que la Junta debería ordenar a consulados y ayuntamientos que solo tramiten solicitudes cuando se acredite el exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia.
Los discrepantes, entre ellos el catedrático Carlos Vidal, sostuvieron que la Junta tiene la obligación de impedir un incremento irregular del censo electoral y preguntaron: "Si la Junta Electoral Central no es la competente para poner fin a un incremento formidable e irreversible del censo en contra de lo previsto en la Ley, ¿quién lo sería?".
La resolución mayoritaria señaló que las funciones de la Junta se limitan al ámbito estrictamente electoral.