Un desfile de una escuela de samba de Niterói durante el Carnaval 2026 honró al presidente Luiz Inácio Lula da Silva, desatando un debate sobre posible propaganda electoral anticipada. Dos expertos en derecho electoral ofrecen opiniones opuestas: uno afirma que elementos como el número 13 y un jingle de campaña constituyen ilegalidad, mientras que el otro defiende la libertad artística sin una solicitud explícita de voto.
El desfile de la escuela de samba de Niterói, realizado en febrero de 2026, rindió homenaje a la trayectoria del presidente Luiz Inácio Lula da Silva, generando cuestionamientos en el Tribunal Electoral. Según un análisis de Vera Chemim, abogada y profesora de derecho electoral, el samba-enredo incluyó el número de urna 13, el estribillo «olê, olê, olê, olá, Lula! Lula!» –un jingle vinculado a campañas pasadas– y exhibió colores y símbolos del Partido de los Trabajadores en las alas del desfile. Ella argumenta que esto constituye propaganda electoral anticipada, prohibida por la Ley de las Elecciones (9.504/97), ya que transmite una solicitud implícita de voto, según la jurisprudencia del Tribunal Superior Electoral (TSE). Chemim destaca la implicación de Lula, quien invitó a actores, se unió a la pista para saludar a la escuela y promocionó el samba en canales oficiales del partido, además de críticas a opositores y comparación con el showmício, un medio prohibido. La sanción típica sería una multa de R$ 5.000 a R$ 25.000. Por otro lado, Pierpaolo Bottini, abogado electoral y expresidente de la Comisión de Derecho Electoral de la OAB-SP, cuestiona la tesis de ilegalidad. Él sostiene que no hay prueba de desequilibrio electoral, uso indebido de recursos públicos ni pedido explícito de voto, como las «palabras mágicas» exigidas por el TSE, tales como «vote por» o «electo». El patrocinio de Embratur se repartió equitativamente entre las escuelas, y el enredo está protegido por la libertad de expresión, permitida por la ley incluso en menciones a candidaturas sin solicitud directa de apoyo. Bottini señala que el evento ocurrió ocho meses antes de las elecciones de octubre de 2026, y catalogarlo como campaña ensancha excesivamente el concepto electoral, irrespetando la naturaleza cultural del Carnaval. Menciona el «efecto Streisand», por el cual las críticas de la oposición amplifican la visibilidad del contenido. Ambas opiniones, publicadas en Folha de S.Paulo el 20 de febrero de 2026, resaltan la necesidad de control judicial para corregir excesos, preservando la equidad electoral sin restringir expresiones culturales.