La asamblea general de la onu rechaza las sanciones unilaterales de ee.uu. a cuba

En una votación reciente en la Asamblea General de la ONU, la mayoría de los países se opusieron a las sanciones unilaterales de Estados Unidos contra Cuba, enfatizando violaciones al derecho internacional. El debate resalta la tensión entre soberanía estatal y medidas coercitivas. A pesar de las presiones, solo siete naciones votaron en contra de la resolución de Cuba y doce se abstuvieron.

El debate sobre las sanciones unilaterales de Estados Unidos contra Cuba ha resurgido con la votación anual en la Asamblea General de la ONU, un momento clave en la diplomacia cubana para mantener una opinión internacional desfavorable hacia esta política. Aunque el resultado no es vinculante, representa victorias simbólicas para ambos lados del espectro político. La opinión pública cubana rara vez profundiza en los fundamentos legales y democráticos para juzgar sanciones contra un Estado.

La discusión a menudo se centra en si las sanciones justifican los fracasos del gobierno cubano o si ignoran eventos pasados como nacionalizaciones y confiscaciones. Sin embargo, el artículo de La Joven Cuba cuestiona el uso selectivo de normas internacionales, invocando el Artículo 2.1 de la Carta de la ONU, que establece la igualdad soberana y prohíbe interferencias externas en asuntos internos.

Si un sector importante de cubanos apoya las sanciones por la falta de democracia en Cuba, surge la pregunta: ¿por qué buscar progreso mediante mecanismos antidemocráticos que violan el derecho internacional? Aceptar tales violaciones abriría la puerta a sanciones impunes por cualquier Estado bajo pretextos similares, normalizando acciones coercitivas.

Las sanciones contra Cuba son punitivas, unilaterales y de amplio alcance, sin autorización del Consejo de Seguridad de la ONU, y buscan promover un cambio de régimen, no responder a actos ilegales específicos. La Resolución 2625 (XXV) de 1970 afirma: “Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, por cualquier motivo, en los asuntos internos o externos de otro Estado”. Similarmente, la Resolución 3281 (XXIX) de 1974, Artículo 32, prohíbe medidas económicas o políticas para coaccionar a otro Estado.

A pesar de presiones de la Casa Blanca, que resultaron en siete votos en contra y doce abstenciones, la mayoría de gobiernos, incluyendo aliados de EE.UU. en Europa y América Latina, votaron contra las medidas. Como resumió Lee Schlenker para Responsible Statecraft: “otros aliados de EE.UU. en Europa y América Latina, críticos del sistema político y económico de Cuba, han mantenido una firme postura contra la imposición de medidas coercitivas unilaterales, que —argumentan— violan el derecho internacional, empobrecen al pueblo cubano y hacen poco para incentivar derechos humanos o reformas económicas en la Isla”.

En 2016, ningún país votó en contra de la resolución antiembargo y Estados Unidos se abstuvo, mejorando la vida de millones de cubanos con gestos diplomáticos. La solución a la crisis cubana debe respetar el derecho internacional, promoviendo la normalización de relaciones, el fin de las sanciones y la remoción de Cuba de la lista de Estados Patrocinadores del Terrorismo. Esto no exime al gobierno cubano de responsabilidades en participación ciudadana, bienestar económico y reformas estructurales. La responsabilidad es compartida entre la gestión gubernamental y los efectos de las sanciones.

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