El Tribunal Superior de Allahabad dictamina que los lok adalats no pueden conceder divorcios

La sala de Lucknow del Tribunal Superior de Allahabad ha dictaminado que los lok adalats y las autoridades de servicios legales de distrito carecen de la facultad para dictar decretos de divorcio. La autoridad para disolver matrimonios recae exclusivamente en los tribunales de familia.

Una sala de división compuesta por los jueces Shekhar B. Saraf y A.K. Chaudhary emitió la orden el 30 de abril. El fallo se produjo en respuesta a una petición presentada por una mujer que impugnó un acuerdo registrado en 2018 por la autoridad de servicios legales del distrito en Unnao.

El tribunal declaró que, conforme a la Ley de Autoridades de Servicios Legales de 1987 y al Reglamento de la Autoridad Nacional de Servicios Legales (Lok Adalat) de 2009, las disputas matrimoniales relacionadas con el divorcio no pueden ser remitidas a los lok adalats para su resolución. Su función se limita a facilitar acuerdos amistosos entre las partes.

El tribunal declaró legalmente nula una cláusula en el acuerdo de Unnao que permitía a ambas partes volver a casarse. Aclaró que no se había dictado ningún decreto de divorcio válido por parte de un tribunal competente y ordenó que se distribuyeran copias de la sentencia a todos los lok adalats y autoridades de servicios legales de distrito en el estado.

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