El Tribunal Superior de Gujarat ha anulado una orden del Subcolector de la Ciudad en Ahmedabad que bloqueó la venta de una propiedad en la zona de Gheekanta. El tribunal dictaminó que el funcionario excedió sus poderes bajo la Ley de Áreas Inquietas. El asunto ha sido remitido para nueva consideración.
El Tribunal Superior de Gujarat ha anulado un bloqueo a la venta de una propiedad en la zona de Gheekanta en Ahmedabad, que está notificada bajo la Ley de Áreas Inquietas de 1991. Promulgada tras disturbios comunales en los años 80, la Ley exige la aprobación del collector distrital para las transferencias de propiedades entre individuos de diferentes comunidades religiosas en dichas zonas para prevenir ventas coercitivas o impulsadas por el miedo.Nadeemkhan Valibahadar Pathan y ocho miembros de su familia, los compradores propuestos, junto con cinco copropietarios como vendedores, presentaron una solicitud conjunta el 26 de marzo de 2024, solicitando permiso bajo la Sección 5(3)(b) de la Ley. La disputa surgió de litigios civiles prolongados entre las partes, resueltos mediante un acuerdo. El padre de los compradores ya ocupaba las instalaciones, y la venta se acordó al valor de mercado.El 19 de octubre, el Subcolector de la Ciudad (Este), Ahmedabad, rechazó la solicitud, citando informes de un oficial de círculo e inspector de policía sobre riesgos potenciales para la paz y el equilibrio demográfico en la localidad.En una orden fechada el 16 de febrero, el juez Aniruddha P Mayee anuló el rechazo. El juez señaló: «En la orden impugnada, el demandado núm. 1 – Subcolector de la Ciudad – no ha emitido ningún fallo en términos de las disposiciones de la Sección 5(3)(b) de la Ley». El juez Mayee añadió: «La orden impugnada se ha dictado sobre consideraciones ajenas a las disposiciones de la Sección 5(3)(b) de dicha Ley. Por lo tanto, la orden impugnada es nula de pleno derecho».El tribunal superior remitió el caso al Subcolector de la Ciudad para su reconsideración en un plazo de ocho semanas, enfatizando una audiencia efectiva centrada únicamente en el consentimiento libre de las partes y el valor de mercado justo. El tribunal declaró que no emite opinión sobre los méritos de la transacción misma.