Tribunal de MG absuelve a hombre acusado de estupro de vulnerable por formación familiar

El Tribunal de Justicia de Minas Gerais absolvió a un hombre de 35 años acusado de estupro de vulnerable contra una niña de 12 años, reconociendo la relación como consensual y formadora de familia. La decisión, emitida el 11 de febrero de 2026, contradijo la jurisprudencia del STJ y generó críticas de políticos de todo el espectro. El Ministerio Público de Minas Gerais planea apelar en instancias superiores.

El 11 de febrero de 2026, la 9ª Cámara Criminal del Tribunal de Justicia de Minas Gerais (TJ-MG) absolvió a un hombre de 35 años acusado de estupro de vulnerable por tener relaciones sexuales con su hijastra de 12 años. El acusado había sido condenado en primera instancia, pero la defensa apeló argumentando falta de tipicidad material, con testimonios que indicaban consensualidad en la relación, que resultó en convivencia marital y el nacimiento de una hija. La defensa apeló argumentando falta de tipicidad material, con testimonios que indicaban consensualidad en la relación, lo que resultó en cohabitación marital y el nacimiento de una hija. El ponente, juez Magid Nauef Láuar, reconoció que el acto encuadra en el Código Penal para menores de 14 años, pero aplicó la técnica de «distingo» para apartarse de la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que presume violencia absoluta en estos casos. La tesis adoptada fue que la presunción de violencia puede excepcionarse si se prueba consensualidad, estabilidad, apoyo familiar y formación de núcleo familiar, sin coacción ni explotación. En su voto, Láuar destacó la consolidación de un vínculo afectivo y familiar, con descendencia común, y la expresión de voluntad de la víctima al alcanzar la mayoría de edad, asegurando la presencia del acusado en su vida y la de sus hijos. El pleno concluyó que no hubo lesión relevante a la dignidad sexual de la víctima, haciendo inapropiada la aplicación de la norma penal. La madre de la adolescente, acusada de omisión, también fue absuelta, ya que la atipicidad de la conducta principal vació la imputación. Hubo un voto disidente de la jueza Kárin Emmerich, quien criticó los fundamentos como patriarcales y sexistas, enfatizando que los menores de 14 años son inmaduros por ley y merecen protección absoluta, alineada con la evolución de la política criminal brasileña contra la iniciación sexual prematura por adultos. La decisión generó repercusiones negativas. El diputado federal Nikolas Ferreira (PL-MG) la calificó de inapropiada en un vídeo. La diputada Duda Salabert (PDT-MG) afirmó que «relativizar la violación de niños y adolescentes es inaceptable» y la denunciará ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La diputada Erika Hilton (PSOL-SP) dijo que la reportará al Consejo Nacional de Justicia (CNJ), considerando la situación equivalente a legalizar la pedofilia. El Ministerio Público de Minas Gerais, en un comunicado, reafirmó la presunción absoluta de vulnerabilidad según la Súmula 593 y el Tema 918 del STJ, y tomará las medidas pertinentes. La sentencia, disponible hasta el 19 de febrero, fue puesta bajo secreto de justicia tras la controversia.

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