Alcaldía de Bogotá firma decreto para regular zonas de vendedores informales

El alcalde Carlos Fernando Galán firmó el Decreto 117 de 2026 el 14 de abril, que modifica el Decreto 642 de 2025 y establece reglas para más de 150.000 vendedores informales en el espacio público de Bogotá. La norma define capacidades máximas de ocupación por zona y busca organizar el espacio sin afectar a personas vulnerables.

El Decreto 117 establece una metodología para calcular la carga máxima de vendedores en corredores y plazas, ordenando al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (Dadep) realizar estudios específicos. Lucía Bastidas, directora del Dadep, anunció que publicarán un inventario actualizado de espacios recuperados en su sitio web.

Gustavo Quintero, secretario de Gobierno Distrital, explicó que el objetivo es regular actividades negativas como el trabajo infantil, venta de sustancias ilegales y riesgos sanitarios, además de combatir mafias que controlan el espacio público. "Esto no es un decreto contra las personas vulnerables", enfatizó Quintero, quien detalló prohibiciones como piercings, tatuajes y uso restringido de cilindros de gas licuado de petróleo (GLP).

Antes de operativos de recuperación, se verificará autorizaciones del Instituto para la Economía Social (Ipes), se caracterizará a los vendedores y se ofrecerán alternativas como relocalización, formación o acceso a quioscos. Diana Catalina Arciniegas, directora del Ipes, destacó componentes de formación, emprendimiento y empleabilidad.

María del Pilar López, secretaria de Desarrollo Económico, señaló que el 50% de vendedores en la carrera Séptima son mayores de 50 años, reflejando crisis laborales. La implementación inicia en zonas como el centro, San Cristóbal y Restrepo, con expectativa de mayor organización para fin de año.

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