La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México se quedó a un voto de declarar inconstitucional el límite de 5 gramos para la posesión de marihuana, según lo establecido en la Ley General de Salud. Aunque cinco ministros apoyaron la propuesta, no se alcanzaron los seis votos necesarios para un efecto general. La decisión solo beneficia a un caso individual de una persona detenida en Ciudad Juárez con 14 gramos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la constitucionalidad de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que excluye del delito de posesión de cannabis solo cantidades iguales o inferiores a 5 gramos. El debate surgió de un amparo individual presentado por una persona en situación de calle, detenida el 7 de febrero de 2021 en Ciudad Juárez, Chihuahua. Esta persona portaba 14 gramos de marihuana, 9 gramos por encima del límite legal, y fue vinculada a proceso por narcomenudeo.
A propuesta del ministro Giovanni Figueroa, la mayoría de los ministros votó a favor de eliminar el límite rígido para este caso concreto. Instruyeron al juez a evaluar circunstancias objetivas como tiempo, lugar, modo y cantidad, así como subjetivas como la farmacodependencia o contexto personal, para determinar si la marihuana era para consumo propio. La decisión se fundamenta en la protección de derechos como el libre desarrollo de la personalidad, la privacidad y la salud individual, sin que el límite proteja un bien jurídico relevante.
Sin embargo, no se logró la declaratoria general de inconstitucionalidad, ya que faltó un voto para alcanzar los seis requeridos. Votaron en contra las ministras Estela Ríos, Sara Irene Herrerías, Lenia Batres y Yasmín Esquivel. La ministra Ríos argumentó que el derecho al libre desarrollo no es absoluto y que la adicción afecta a familias enteras. Por su parte, la ministra Herrerías criticó que eliminar el límite generaría inseguridad jurídica y riesgos de corrupción, al no aterrizar la teoría en la práctica.
A favor se pronunciaron el ministro presidente Hugo Aguilar, Loretta Ortiz, Arístides Guerrero e Irving Espinosa, además del ponente Figueroa. Esta resolución no despenaliza la posesión de cannabis en general, sino que aplica solo al caso individual, evitando discrecionalidad excesiva en fallos futuros.