STJ rechaza la apelación de Luciano Hang contra Folha y la reportera

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó por unanimidad una apelación del empresario Luciano Hang, propietario de Havan, en un caso contra Folha de S.Paulo y la reportera Patrícia Campos Mello. La decisión confirma el fallo del Tribunal de Justicia de Santa Catarina, que desestimó una demanda de daños relacionada con un reportaje de 2018 sobre mensajes masivos de WhatsApp durante las elecciones.

En una sesión concluida el lunes 9 de febrero de 2026, la Cuarta Sala del STJ rechazó la apelación de Luciano Hang por un voto de 5-0. El caso se refiere a un reportaje de Folha publicado el 18 de octubre de 2018, titulado 'Empresarios financian campaña anti-PT vía WhatsApp'. El artículo reveló la compra de envíos masivos de mensajes contra el candidato Fernando Haddad (PT) en la recta final de la segunda vuelta presidencial de 2018, en la que se enfrentó a Jair Bolsonaro (PSL).  nnEn 2020, el juez Gilberto Gomes de Oliveira Júnior del Juzgado Civil de Brusque, Santa Catarina, sentenció inicialmente a Folha y a la reportera Patrícia Campos Mello a pagar 100.000 reales en daños morales, alegando ofensa al honor de Hang y de Havan. Hang había solicitado 2 millones de reales en indemnización.  nnSin embargo, el Tribunal de Justicia de Santa Catarina (TJ-SC) revocó la sentencia, al determinar que el reportaje atribuía la acción a la empresa, no a Hang personalmente, y que no se demostró daño a Havan. La Cuarta Sala del STJ, con ponente el ministro João Otávio de Noronha, confirmó esta visión, afirmando que revisar la decisión requeriría reexaminar las pruebas, lo cual no está permitido en esta instancia.  nnLos abogados de Hang no respondieron a las consultas. La abogada de Folha, Taís Gasparian, declaró: 'La prensa y el periodista no deben ser condenados a pagar indemnizaciones por divulgar la verdad. Hay gran malestar cuando la prensa ilumina asuntos que algunos prefieren mantener en la sombra, pero esa es precisamente la función de la prensa. Es una actividad legítima, legal y esencial para todos los ciudadanos.'  nnLa decisión fortalece las protecciones para el periodismo de investigación en la cobertura electoral.

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