El Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar contra el decreto 182 de 2026, que planeaba trasladar a más de seis millones de afiliados a la Nueva EPS. El juez encontró que la norma generaría una alta concentración de usuarios y pondría en riesgo su libertad de elección. Se ordenó al Gobierno abstenerse de implementarlo hasta resolver la controversia de fondo.
El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió el decreto 182 de 2026 emitido por el Ministerio de Salud, que buscaba reorganizar el sistema de salud trasladando a más de seis millones de usuarios a la Nueva EPS. Esta medida dejaría a la entidad como la única operadora en 427 municipios del país.
El juez determinó que existe una "insuficiencia metodológica que impide demostrar la idoneidad del rediseño del sistema de salud para preservar y no comprometer el goce efectivo de derechos colectivos". Argumentó que implementar el traslado sin verificar la capacidad de atención de Nueva EPS podría causar un colapso de servicios y resultados "catastróficos que podrían significar afectaciones generalizadas y potencialmente irreparables".
Por ello, el tribunal adoptó medidas cautelares para prevenir perjuicios inminentes e irremediables, como lo prevé el ordenamiento jurídico en acciones populares. Ordenó al Gobierno, encabezado por el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud, que se abstenga de materializar las disposiciones del decreto hasta que se defina la controversia.
El juez reiteró: "Si no se adopta la medida previa, el riesgo se consuma y si se concede, se preserva provisionalmente el objeto del proceso, por lo cual resulta más gravoso negar la medida que concederla". Esta decisión responde a alertas sobre los riesgos de la reorganización propuesta por el Gobierno.