Asofondos reiteró la necesidad de que el traslado de recursos pensionales se ajuste a la ley vigente. El gremio pidió a la Corte Constitucional un pronunciamiento definitivo sobre la Ley 2381 de 2024 para brindar certeza jurídica. Advirtió que un traslado anticipado a Colpensiones contraviene la normativa actual.
Asofondos hizo un llamado a las instituciones a respetar el marco legal en el manejo de recursos pensionales. Según el gremio, la Ley 2381 de 2024 permite el traslado para afiliados a menos de 10 años de la edad de pensión, con doble asesoría obligatoria. El artículo 76 de esa ley indica que los recursos del régimen de ahorro individual van al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, administrado por el Banco de la República, y no se trasladan automáticamente a Colpensiones.
Asofondos criticó el Decreto 415 de 2026 por solicitar el movimiento de estos recursos a Colpensiones, lo que contradice la ley y el Decreto 1225 de 2024. Mientras el fondo de ahorro no esté operativo, los ahorros deben permanecer en las AFP. Entidades como la Procuraduría, el Banco de la República y la Contraloría han alertado sobre riesgos macroeconómicos, de estabilidad financiera y de conversión en gasto corriente.
Cerca de 120.000 colombianos han usado la ventana de traslado: 100.000 cotizantes activos con aportes anuales de $690.000 millones y 20.000 pensionados con mesadas de $450.000 millones al año. Asofondos respaldó la suspensión parcial del Decreto 415 de 2026 por el Consejo de Estado y reiteró su pedido a la Corte Constitucional para garantizar la estabilidad del sistema.