Tribunal Supremo de Cuba reafirma penas por sabotaje al programa energético

El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de Cuba emitió la Opinión No. 475 el 23 de mayo de 2025, reafirmando que los robos a infraestructuras energéticas constituyen sabotaje. Los tribunales han impuesto sentencias superiores a diez años de prisión en el 100% de los casos juzgados entre enero de 2025 y el primer trimestre de 2026. Estas medidas responden a la sustracción de componentes y combustible que afecta al Sistema Eléctrico Nacional.

En medio del bloqueo económico, financiero y energético impuesto por Estados Unidos, el Gobierno cubano impulsa un programa energético para garantizar la generación eléctrica, un servicio vital para la población y la economía.

Sin embargo, individuos han robado componentes, equipos, combustible y aceite dieléctrico de parques fotovoltaicos, paneles solares y generadores, afectando el Sistema Eléctrico Nacional. Estos actos se tipifican como sabotaje según el artículo 125 del Código Penal (Ley No. 151 de 2022), con penas de 7 a 15 años de prisión, que pueden elevarse a 10-30 años, prisión perpetua o muerte si causan lesiones graves, muertes o ponen en peligro la seguridad colectiva.

La Opinión No. 475 del Tribunal Supremo Popular subraya la protección de infraestructuras críticas como el sistema eléctrico. El artículo 80 del Código Penal prevé agravantes por participación grupal, uso de menores o lucro, mientras el artículo 89 exige al menos dos tercios de la pena antes de libertad condicional.

Las Cámaras de Delitos de Seguridad del Estado de los Tribunales Provinciales del Pueblo han aplicado rigor, condenando con sentencias superiores a diez años en todos los casos procesados hasta el primer trimestre de 2026, junto a penas accesorias como confiscaciones y prohibiciones de viaje.

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