Stf aprueba acuerdo para el financiamiento de tratamientos oncológicos en Sus

El Supremo Tribunal Federal (Stf) aprobó por unanimidad un acuerdo interfederativo que redefine el financiamiento de fármacos oncológicos en el Sistema Único de Salud (Sus). La decisión establece reglas para el reembolso por parte de la Unión y determina la competencia judicial para acciones relacionadas con estos tratamientos. El acuerdo sigue la creación de una nueva política de asistencia farmacéutica oncológica.

El Supremo Tribunal Federal (Stf) avaló, en una sesión el jueves 19 de febrero, la homologación de un acuerdo entre la Unión, los estados y los municipios sobre el financiamiento de fármacos contra el cáncer en el Sistema Único de Salud (Sus). Esta medida busca reorganizar la adquisición y dispensación de estos fármacos, tras la expedición de la Portaria Gm/Ms 8.477/2025 por el Ministerio de Salud, que estableció el Af-Onco, un componente de la Asistencia Farmacéutica Oncológica. 5n nUn aspecto clave es el mantenimiento del 80 % de reembolso por parte de la Unión en los casos en que los fármacos oncológicos se suministren por orden judicial. Esta proporción se aplica a las demandas presentadas hasta el 10 de junio de 2024 y, de manera provisional, a los casos posteriores, hasta que se alcance un nuevo consenso y sea aprobado por el Stf. 5n nEl ponente del caso, el ministro Gilmar Mendes, incluyó una tesis para regular la competencia jurisdiccional. Así, las demandas que involucren fármacos adquiridos de forma centralizada por el Ministerio de Salud competen a la Justicia Federal. Las adquisiciones descentralizadas serán tramitadas por la Justicia Estadual. 5n nPara garantizar la seguridad jurídica, el Stf moduló los efectos de la decisión: el cambio de competencia se aplicará solo a las acciones iniciadas después del 22 de octubre de 2025, fecha de publicación de la portaria que crea el Af-Onco. Este enfoque evita la redistribución de casos en curso y busca equilibrar el sistema de salud pública con las demandas judiciales.

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