El Consejo de Defensa del Estado (CDE) rechazó la demanda de indemnización presentada por la pesquera Blumar contra el Estado de Chile por los efectos de la Ley de Fraccionamiento Pesquero. El organismo descartó cualquier expropiación regulatoria de las Licencias Transables de Pesca (LTP) y cuestionó el cálculo de perjuicios de $194.431.490.570 reclamados por la empresa. Se trata de la primera respuesta judicial del CDE a demandas similares de otras pesqueras.
El CDE presentó su contestación ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, donde Blumar, vinculada a las familias Yaconi-Santa Cruz y Sarquis, busca compensación por modificaciones a la normativa pesquera.
El organismo, presidido por Ana María Hübner, argumentó que "Blumar no ha sido privada de la propiedad de las Licencias Transables de Pesca (LTP)". Sostuvo que la ley no garantiza la existencia de recursos hidrobiológicos, sino un porcentaje sobre cuotas variables, y que el fraccionamiento sectorial es una política pública separada de las LTP, regulada desde 2002 por la Ley N° 19.849.
La nueva legislación extiende el fraccionamiento hasta 2040 sin alterar la vigencia de las licencias, que Blumar deberá renovar en 2032 cumpliendo requisitos legales. El CDE criticó que Blumar busca alterar la distribución legislativa entre pesca industrial y artesanal para aumentar su cuota de mercado.
Respecto al monto reclamado, el fisco indicó que carece de certeza jurídica y científica, al omitir factores como origen de materia prima, costos e inversiones. La proyección de un 15% anual de aumento en cuotas, basada en el Anexo K de la OROP-PS, es un estabilizador precautorio, no un crecimiento garantizado, dada la volatilidad marina.