El Congreso argentino convirtió en ley el proyecto de 'Inocencia Fiscal' el 26 de diciembre, introduciendo reformas al sistema tributario que simplifican declaraciones y actualizan penalidades. La norma busca normalizar situaciones patrimoniales y atraer ahorros no declarados al circuito económico formal. Críticos la ven como un blanqueo encubierto, mientras defensores la elogian por reducir la persecución fiscal.
La ley de Inocencia Fiscal, aprobada el viernes 26 de diciembre de 2025, reforma el Régimen Penal Tributario, la Ley de Procedimiento Tributario N° 11.683 y el Código Civil y Comercial en materia de prescripción. Introduce el Régimen de Declaración Jurada Simplificada (DSIG) para personas humanas residentes, permitiendo declarar Ganancias solo sobre facturación, independientemente de variaciones patrimoniales.
Para adherir al DSIG, los contribuyentes deben tener ingresos totales hasta mil millones de pesos y patrimonio hasta diez mil millones de pesos al 31 de diciembre del año anterior, y no ser gran contribuyente de ARCA. La norma presume la exactitud de las declaraciones de Ganancias e IVA, salvo discrepancias significativas, como ajustes superiores al 15% o montos que superen umbrales de evasión.
Actualiza umbrales penales: la evasión simple sube de 1,5 millones a 100 millones de pesos, y la agravada de 15 millones a 1.000 millones. Reduce el plazo de prescripción a tres años para declaraciones en término sin discrepancias. Modifica multas, elevando sanciones por no presentar declaraciones de 200-400 pesos a 220.000-440.000 pesos, aunque sin criterio uniforme.
El presidente Javier Milei la describió como 'un blanqueo sin pago de impuestos', con fines no recaudatorios, para blindar a 'argentinos de bien' y atraer dólares del 'colchón'. Juan Pazo, ex titular de ARCA, la defendió como fin de un 'régimen soviético' persecutorio, enfocándose en simplificar controles y garantizar libertad en el uso de ahorros, facilitando acceso al crédito y reduciendo presión tributaria en más de 2,5 puntos del PBI.
Juan Manuel Álvarez Echagüe, profesor de la UBA, critica la ley como un 'blanqueo indirecto' sin amnistía, que invita a ingresos no declarados al ignorar el consumo patrimonial, generando inseguridad jurídica. La norma también exceptúa de informar patrimonio a adherentes y limita denuncias penales si se cancelan obligaciones antes de su formulación.