El Tribunal Constitucional ha dictaminado que los retrasos procesales no pueden utilizarse para rechazar las solicitudes de asilo, garantizando que todas las peticiones sean evaluadas según sus méritos.
El Tribunal Constitucional ha dictaminado que los retrasos procesales no pueden utilizarse para rechazar las solicitudes de asilo, garantizando que todas las peticiones sean evaluadas según sus méritos y protegiendo a los niños vulnerables de la deportación.
El juez Steven Majiedt dictó la sentencia el 7 de julio. El tribunal determinó que el procedimiento actual bajo la Ley de Refugiados “no supera el examen constitucional”. El Departamento de Asuntos Internos no puede denegar el estatus de refugiado a los solicitantes de asilo basándose en el incumplimiento de procedimientos.
El caso fue presentado por el Scalabrini Centre de Ciudad del Cabo con el apoyo de la Helen Suzman Foundation y otros grupos. Una investigadora principal de la fundación, Chanel van der Linde, afirmó que el fallo significa que los niños ya no se enfrentarán a la exclusión de la protección como refugiados debido al incumplimiento de procedimientos por parte de sus padres.
Se ordenó al Departamento de Asuntos Internos pagar las costas judiciales por lo que el tribunal describió como un “litigio excepcionalmente deficiente”.