El Tribunal Supremo ha anulado varios preceptos del nuevo Reglamento de Extranjería aprobado a finales de 2024. La sentencia refuerza la protección de menores y familias mientras avala la estructura general de la norma.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente el recurso de varias asociaciones y elimina la denegación automática de residencia para familiares de personas nacionalizadas por la existencia de antecedentes penales.
El tribunal exige una valoración individualizada de cada caso, ponderando la gravedad del delito, el tiempo transcurrido y el interés superior de los hijos menores. La sentencia también anula restricciones que impedían el acceso a autorizaciones por el mero hecho de que un menor estuviera casado.
Además, declara ilegal la suavización de la obligación de atención inmediata a menores extranjeros no acompañados y la exigencia de que las tutelas se constituyeran solo conforme al Derecho español. El Supremo confirma, en cambio, las restricciones al arraigo para solicitantes de protección internacional.