El Ministerio de Hacienda de Colombia ha publicado para comentarios un decreto que elimina la retención en la fuente del 1,5% aplicable a compras realizadas con tarjetas de débito y crédito. Sin embargo, este cambio no suprime las retenciones ya establecidas por ley. El documento aclara que estos pagos no están sujetos a retención por impuesto sobre la renta.
Tras la anticipación anunciada a finales del año pasado, el Ministerio de Hacienda finalmente publicó el decreto para comentarios que elimina la retención en la fuente del 1,5% sobre compras hechas con tarjetas de débito y crédito. Esta medida busca simplificar los pagos electrónicos, que representan un ingreso tributario importante.
El documento, emitido por la cartera económica, especifica que los pagos o abonos en cuenta correspondientes a estas compras no están sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. No obstante, se mantiene la aplicación de otras retenciones especiales. Como se lee en el decreto: “Cuando los pagos o abonos en cuenta a que se refiere este artículo correspondan a compras de bienes o servicios para los cuales disposiciones especiales establezcan tarifas de retención en la fuente aplicables superiores a 0% con independencia del medio de pago, se aplicarán las tarifas previstas en cada caso por tales disposiciones y los agentes de retención que realicen el pago o abono en cuenta deberán practicar la retención respectiva”.
Además, el decreto detalla que, al calcular la base de retención, se descontarán valores de otros impuestos, tasas y contribuciones incorporados en los pagos, siempre que los beneficiarios sean responsables o recaudadores. Esta publicación, fechada el 27 de enero de 2026, invita a comentarios públicos y podría impactar positivamente en el comercio electrónico y el uso de tarjetas en transacciones diarias, fomentando una mayor inclusión financiera sin alterar las obligaciones fiscales existentes.