Gobierno colombiano aumenta impuestos en renta, patrimonio e IVA a licores

El Gobierno de Colombia, mediante el Decreto 1474 de diciembre de 2025, ha implementado medidas tributarias para enfrentar la emergencia económica y cubrir el Presupuesto General de la Nación en 2026. Estas incluyen un IVA del 19% sobre licores y juegos en línea, ajustes en el impuesto al patrimonio y al sector financiero, además de un nuevo gravamen a hidrocarburos y carbón. La norma también reduce temporalmente sanciones por deudas tributarias.

Amparado en la emergencia económica, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1474 de diciembre de 2025 para adoptar medidas tributarias destinadas al Presupuesto General de la Nación en 2026. Una de las principales cambios es la aplicación de un impuesto sobre las ventas (IVA) del 19% a bienes como licores, vinos, aperitivos y similares, que antes estaban sujetos al impuesto al consumo según el artículo 202 de la Ley 223 de 1995. Esto también afecta a los departamentos con monopolio de licores destilados.

Además, los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, ya sea en territorio nacional o desde el exterior, quedarán gravados con el mismo IVA del 19%. La base gravable se calcula como los ingresos brutos del juego, es decir, el total de apuestas menos los premios pagados en el bimestre correspondiente.

En cuanto al impuesto al patrimonio, el umbral se reduce de 3.600 millones a 2.000 millones de pesos, con un incremento progresivo que alcanza hasta el 5% para patrimonios superiores a 100.000 millones de pesos. Para el sector financiero, se establecen 15 puntos adicionales en la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios, y en adelante una sobretasa del 15%.

Se introduce un impuesto temporal sobre la extracción de hidrocarburos y carbón en el territorio nacional, que grava la primera venta o la exportación. Los hechos generadores incluyen la primera venta dentro o desde el país, o la autorización de embarque para exportación.

Respecto al impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, se excluye la producción artesanal de chicote, y el Dane certificará la base gravable para cada producto. Finalmente, el decreto ordena una reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en mora al 31 de diciembre de 2025, vigente hasta el 31 de marzo de 2026.

Estas medidas buscan atender los gastos presupuestarios sin mayores detalles sobre su impacto económico a largo plazo.

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