Illustration of Constitutional Court Magistrate Carlos Camargo proposing to suspend the economic emergency decree, with business support and presidential concern.
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Magistrado Camargo propone suspender emergencia económica

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El magistrado Carlos Camargo de la Corte Constitucional radicó una ponencia para tumbar provisionalmente el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno el 22 de diciembre de 2025. Argumenta que no se cumplen los requisitos constitucionales de crisis sobreviniente e imprevisible, y busca evitar efectos irreversibles mientras se decide de fondo. Gremios como Fenalco y el Consejo Gremial apoyan esta posición, mientras el presidente Gustavo Petro advierte de una crisis fiscal si se suspende.

La Corte Constitucional de Colombia enfrenta una semana clave para decidir el futuro del decreto 1390 de 2025, que declaró la emergencia económica por 30 días a partir del 22 de diciembre de 2025. El magistrado Carlos Camargo, ponente del caso, radicó una ponencia de varias páginas proponiendo su suspensión provisional. Según Camargo, el Gobierno no demostró una crisis grave, sobreviniente e imprevisible que justifique concentrar poderes extraordinarios en el Ejecutivo, ya que los problemas señalados, como dificultades fiscales y la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en salud, son estructurales y previsibles.

"No bastaría con señalar dificultades fiscales, presupuestales o sociales, sino que el Gobierno debería probar que estas no pueden ser enfrentadas por medio de leyes ordinarias", indica la ponencia. Camargo advierte que usar la emergencia como atajo administrativo debilita el rol del Congreso y podría generar efectos jurídicos irreversibles en medidas tributarias y regulatorias adoptadas bajo el decreto.

Gremios empresariales refuerzan esta crítica. Fenalco, en un documento de 35 páginas liderado por Jaime Alberto Cabal, afirma que la emergencia "inevitablemente" va a la inexequibilidad, citando la Sentencia C-383 de 2023 de la Corte. Destacan que cinco causales invocadas, como la UPC, pagos de sentencias judiciales, subsidios de energía y restricciones fiscales, no son hechos sobrevinientes. "La obligatoriedad de cumplimiento del Auto de la Corte relacionado con la UPC es un hecho crónico y estructural, no sobreviniente", expone Fenalco.

El Consejo Gremial Nacional, en un escrito de más de 45 páginas, refuta que el deterioro de la seguridad nacional justifique la medida, pues son problemáticas crónicas. Estiman que la UPC genera una contingencia de $3,3 billones, pero insisten en que no habilita facultades excepcionales.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro defiende el decreto y critica la ponencia de Camargo. "El magistrado Camargo no cree, pero se va a hacer corresponsable de una crisis fiscal sin necesidad", afirmó Petro, proponiendo que los ricos devuelvan subsidios innecesarios como los de combustibles. Aboga por una política keynesiana para estimular la demanda interna y pagar la deuda con producción, cuestionando las altas tasas de interés del Banco de la República.

La Corte debe resolver primero el impedimento del presidente Jorge Enrique Ibáñez por recusación del Gobierno. Otra ponencia de Juan Carlos Cortés sugiere suspensión parcial, congelando impuestos indirectos como el IVA del 19% a bebidas alcohólicas y apuestas, pero manteniendo directos como el patrimonio superior a $2 millones. El Gobierno, vía ministro de Hacienda Germán Ávila, prepara una prórroga de hasta 90 días. Si se acoge la suspensión, los decretos emitidos quedarían en pausa hasta el fallo definitivo.

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