El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado este lunes la petición de Oriol Junqueras, Jordi Turull y Jordi Sànchez para que la Gran Sala revise la sentencia de noviembre de 2025 que avaló su prisión preventiva por el procés. Un panel de cinco jueces ha denegado el examen, haciendo firme la resolución que negó motivaciones políticas en su encarcelamiento. La decisión confirma que España no violó sus derechos políticos ni de expresión.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha resuelto este lunes 23 de marzo de 2026 no remitir a la Gran Sala el caso de los líderes independentistas Oriol Junqueras, Jordi Turull y Jordi Sànchez. Esta decisión de un panel de cinco magistrados hace firme la sentencia de noviembre de 2025, emitida por siete jueces unánimes, que desestimó las demandas por violación de derechos políticos y libertad de expresión durante su prisión preventiva tras los eventos del procés en 2017. Los demandantes alegaban que la detención, ordenada por el juez del Tribunal Supremo Juan Pablo Llarena tras las manifestaciones del 20 y 21 de septiembre y el referéndum del 1 de octubre, impedía su participación en elecciones autonómicas de diciembre de 2017 y buscaba silenciar su actividad política. El TEDH concluyó que existían 'medios jurídicos y constitucionales que les permitían expresar sus opiniones' y que las limitaciones eran 'proporcionales' dada la gravedad de los delitos contra el orden constitucional. Además, señaló que sus partidos pudieron presentar candidatos y proponerlos para cargos pese a la prisión, lo que desmontaba un supuesto objetivo político oculto. 'No son incompatibles con la esencia misma de su derecho a ser elegidos', afirmaron los jueces. La revisión por la Gran Sala requiere que el caso plantee una cuestión grave sobre el Convenio Europeo, requisito no cumplido según el panel.