Cuatro días después de la decisión 9-1 del Supremo Tribunal Federal que declaró inconstitucional el marco temporal, un diputado federal de PL-MS y presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara criticó el fallo por ignorar la intención constitucional e imponer inseguridad a productores rurales con títulos de buena fe. El Congreso había aprobado una ley y una propuesta de enmienda constitucional en apoyo al marco.
El fallo del STF del 18 de diciembre de 2025 (detallado previamente en la cobertura del fallo) invalidó el marco temporal, que limitaba las demarcaciones de tierras indígenas a las áreas ocupadas el 5 de octubre de 1988 —fecha de promulgación de la Constitución de 1988—. Este criterio pretendía ofrecer un punto de corte objetivo en medio de disputas continuas.
El diputado sostiene que la decisión ignora el texto de la Constitución y la intención de la asamblea constituyente original, generando incertidumbre jurídica. Resalta que miles de productores rurales adquirieron tierras de buena fe con títulos válidos después de 1988. El Congreso aprobó la Ley del Marco Temporal tras amplios debates en la Cámara y el Senado, superando un veto presidencial, en tanto que una Propuesta de Enmienda Constitucional fue aprobada en el Senado para reforzar las disposiciones existentes.
Según el diputado, el marco no extingue los derechos indígenas, sino que introduce un estándar objetivo para la pacificación rural, equilibrando las protecciones indígenas con los derechos de propiedad y el desarrollo sostenible. Insiste en que la Constitución debe seguir siendo el pacto fundacional, sin alteraciones por mayorías pasajeras.
Este fallo pone de manifiesto las tensiones en las relaciones entre poderes desde la Constitución de 1988, que reconoce los derechos originarios indígenas sobre tierras tradicionalmente ocupadas y ordenó su demarcación en cinco años (hasta 1993) a través del artículo 67 de las Disposiciones Transitorias.