El Gobierno colombiano ha publicado un borrador de decreto que establece un tope máximo de 135 salarios mínimos para viviendas de interés social (VIS). Esta medida busca fijar precios claros y evitar indexaciones automáticas en contratos. El documento estará abierto a observaciones hasta el 25 de enero.
El 10 de enero, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicó el borrador de un decreto titulado “por el cual se establece el tope general del valor de la Vivienda de Interés Social, se armoniza el régimen reglamentario vigente, se fortalecen los derechos del consumidor y se dictan otras disposiciones”. Este proyecto busca transformar las prácticas actuales de las constructoras en la venta de viviendas nuevas de interés social (VIS) y prioritarias (VIP).
De acuerdo con el borrador, el valor máximo general para una VIS será equivalente a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), conforme a los artículos 91 de la Ley 388 de 1997 y 293 de la Ley 2294 de 2023. Todos los contratos, como separaciones, promesas de compraventa o encargos fiduciarios, deberán especificar de forma expresa y verificable el precio total en pesos colombianos, que será el único exigible hasta la finalización del contrato.
El Gobierno enfatiza que no se permitirán mecanismos de indexación automática al salario mínimo después de la firma inicial. Solo se autorizarán ajustes al precio en pesos por motivos extraordinarios que impacten los costos de insumos, respaldados por el Índice de Costos de la Construcción de Edificaciones (ICCE) del DANE.
Para negocios jurídicos iniciados antes de la vigencia del decreto, se respetará la normatividad anterior en casos consolidados, pero sin indexación en el precio final al momento de la escrituración. El borrador estará disponible para observaciones en la página del Ministerio hasta el 25 de enero, permitiendo aportes de interesados para refinar la propuesta.