La Superintendencia de Pensiones publicó la normativa NCG N° 354, que regula la constitución y puesta en marcha de nuevas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), alineada con la reforma previsional aprobada en 2025. La norma eleva los requisitos de capital mínimo a UF 50 mil y establece exigencias de experiencia para directores y ejecutivos de inversiones, aplicables también a las AFP existentes a partir de abril de 2027.
La Superintendencia de Pensiones emitió este jueves la Norma de Carácter General (NCG) N° 354, que perfecciona el marco regulatorio para la creación de una nueva AFP, en línea con la Ley N° 21.735 aprobada por el Congreso a inicios de 2025. Esta normativa permite que entidades como AGF no filiales de bancos, cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la CMF, y cajas de compensación supervisadas por la Suseso constituyan AFP, siempre con autorización previa de su regulador sectorial. Además, personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras pueden formarlas, pero con la restricción de que un mismo grupo empresarial no controle más de una AFP para fomentar competencia y evitar conflictos de interés.
El capital mínimo requerido se elevó a UF 50 mil, frente a los UF 5 mil iniciales previos que subían hasta UF 20 mil con 10 mil afiliados. La norma también introduce requisitos de experiencia para directores y equipos de inversión, aplicables a AFP existentes hasta abril de 2027. El gerente de inversiones debe tener al menos siete años de experiencia en administración de activos. El equipo principal y el responsable de riesgos en inversiones requieren cinco años cada uno en entidades que administren al menos US$ 1.000 millones. La mayoría de directores titulares y suplentes necesitan cinco años de experiencia similar, una reducción de la propuesta inicial de diez años para directores y siete para el equipo.
La NCG N° 354 detalla requisitos para accionistas fundadores según su tipo, estudios de factibilidad, patrimonio neto, organigramas y perfiles de cargo. Incluye una carta Gantt para etapas de implementación, considerando que todas las funciones pueden subcontratarse excepto las de inversiones. Para iniciar operaciones, las nuevas AFP deben tener directorio constituido, equipos contratados, procedimientos operacionales, infraestructura tecnológica y contratos con terceros listos, además de políticas en externalización, gestión de riesgos, inversiones y ciberseguridad.